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Apuntando a la modernización e infraestructura para garantizar mayor seguridad a la población, este viernes por la mañana el ministro de Gobierno, Marcelo Pérez y la intendenta local, María Eugenia Safrán, junto a miembros del Gabinete provincial, dejaron formalmente inaugurada la nueva Comisaría Tercera UR-VII Apóstoles, situado en Barrio Irigoyen.

La inauguración tiene como objetivo brindar mayor seguridad a la comunidad y un inmueble adecuado para brindar un mejor servicio. El proyecto fue ejecutado por el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional y consta de una superficie total de 438 metros cuadrados.

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En su interior, tres sectores permiten la independencia entre el área de atención al público y el área de las tareas propias del personal policial. Por lo que cuenta con un ala destinado a la atención al público y oficinas y un sector de cuadras que comprende la cocina-comedor; una cuadra para el personal femenino y otra para el masculino y la sección de celdas.

La Cámara de Representantes dio su acuerdo legislativo para que el Poder Ejecutivo proceda a designar a los postulantes a cargos en el Poder Judicial. Oportunamente, la Comisión de Poderes y Acuerdos realizó las audiencias públicas correspondientes y, luego de considerar la idoneidad de los candidatos, recomendó que el Poder Legislativo preste su conformidad.

Juan Espinosa

El abogado Juan Espinosa, especialista en Derecho de Daños y magíster en Magistratura Judicial, fue propuesto para el cargo de juez de primera instancia en lo civil, comercial, laboral y de familia de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en San Vicente.

Corina Jones

La abogada Corina Jones, especialista en Derecho de Familia, fue propuesta para el cargo de juez de familia 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Eldorado.

Mario Durán

El abogado Mario Durán, especialista en Derecho de Familia, fue propuesto para el cargo de defensor oficial de primera instancia en lo civil, comercial, laboral y de familia 4 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Bernardo de Irigoyen.

En la mañana de hoy se llevó a cabo la Capacitación en Ley Micaela, perspectivas de género y violencia destinada a más de 100 miembros de la Unidad Penal II del Servicio Penitenciario de Oberá.

La capacitación es organizada en el marco del Observatorio de Violencia Familiar y de Género junto al Ministerio de Trabajo, Ministerio de Desarrollo Social, Poder Judicial, Cámara de Representantes y el IPEC y se destaca por su enfoque interdisciplinario, ya que participaron miembros del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

La bienvenida estuvo a cargo del Director General del SSP, Alcaide General Manuel Dutto: “realmente esta capacitación es de suma importancia para toda la institución. Esto es un inicio, y de poder replicarlo en todas las unidades penales de la provincia sería algo muy importante”.

El Director General del SSP, Manuel Dutto, la ministra de Trabajo, Silvana Giménez y la Directora del IPEC, Silvana Labat.

Seguidamente la Subdirectora General del SSP, Alcaide General Valeria del Carmen Mereles describió a la etapa de formación como un camino necesario “tenemos que fortalecernos y sumar herramientas para poder brindar un mejor servicio. Nosotros nos debemos a la reinserción de personas que han tenido algún inconveniente, y para ello tenemos que estar a la altura de las circunstancias”.

En ese marco el intendente de Oberá, Carlos Fernández, agradeció a los participantes del curso y remarcó que “esta nueva época que vivimos nos lleva a perfeccionarnos, ser un poquito mejor, pensando en el otro”.

A su vez, la Diputada Provincial Rita Núñez destacó la importancia que la capacitación en Ley Micaela llegue al Servicio Penitenciario “es fundamental para ser mejores personas y no solamente con los internos sino con nuestras familias o compañeros de trabajo. Tenemos que ser consientes que la violencia de género existe para poder erradicarla de una vez por todas”.

Por su parte la Directora del IPEC, Silvana Labat expresó: “Para nosotros que venimos trabajando desde el Observatorio estar acá es algo histórico, empezar a hablar de violencias y perspectivas de género en el Servicio Penitenciario nos marca un antes y un después”.

Asimismo, la ministra de Trabajo Silvina Giménez destacó la etapa de formación: “Es una alegría enorme compartir esta capacitación en ley Micaela en el Servicio Penitenciario. Para nosotros estar acá como Gobierno de Misiones es una política pública para capacitarnos y formarnos”.

La titular de la cartera laboral también hizo referencia a la última sesión de Cámara de Diputados donde “han sancionado la adhesión a leyes nacionales contra la violencia política y el acoso callejero hacia las mujeres. Misiones viene trabajando con leyes propias en la cuestión de perspectivas de género”.

Para cerrar leyó un fragmento de un libro de Luciana Peker para referirse a la reparación económica para hijos e hijas de femicidio: “el feminismo no es un virus del que hay que aislarse sino que se puede volver a potenciar para los varones. Digo con alegría y pasión cuestionarme todo lo que aprendí que muchas de las cosas que me conforman son toxicas. Me gustan transmitir estos conceptos que me convierten en otro tipo del que era hace 20 años”.

La Cámara de Representantes de Misiones aprobó este jueves en su sesión ordinaria virtual, la adhesión de la provincia a las leyes nacionales 27.501 y 27.533, que modifican la ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Los cambios efectuados incorporaron la violencia en espacios públicos y las categorías de violencia pública y política.

La adhesión fue propuesta por los diputados Ariel Pianesi, Roque Gervasoni, Rossana Franco, Anita Minder, Roxana Velázquez, Anazul Centeno y Silvia Rojas.

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La ley N° 27.555 fue promulgada este viernes con su publicación en el Boletín Oficial bajo el decreto 673/2020, firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El gobierno nacional promulgó este viernes  la Ley de Teletrabajo aprobada en el Congreso el 30 de julio último, en la que se establecen los presupuestos legales mínimos para la regulación de esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan.

La modalidad de teletrabajo se incorpora así al Título III “De las modalidades del contrato de trabajo” del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación será la autoridad de aplicación de la ley y deberá dictar la reglamentación respectiva dentro de los próximos noventa días.

En tanto, la ley entrará en vigor luego de noventa días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesto por el coronavirus.

Según se establece, habrá contrato de teletrabajo "cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios, sea efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación".

Los presupuestos legales mínimos del contrato de teletrabajo se establecerán por ley especial y las regulaciones específicas para cada actividad se establecerán mediante la negociación colectiva.

Las personas que trabajen contratadas bajo esta modalidad "gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración no podrá ser inferior a la que percibían o percibirían bajo la modalidad presencial", según indica la norma.

Asimismo, "los convenios colectivos deben, acorde a la realidad de cada actividad, prever una combinación entre prestaciones presenciales y por teletrabajo".

La jornada laboral debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos.

Las plataformas y/o software utilizados por el empleador deberán desarrollarse de modo acorde a la jornada laboral establecida, impidiendo la conexión fuera de la misma.

En tanto, la persona que trabaja bajo esta modalidad tendrá derecho a no ser contactada fuera de su jornada laboral y no podrá ser sancionada por hacer uso de este derecho.

Además, el empleador no podrá exigir a la persona que trabaja la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral.

Por otra parte, las personas que acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de trece (13) años, personas con discapacidad o adultas mayores que convivan con la persona trabajadora y que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada. Cualquier represalia u obstaculización del empleador que lesione estos derechos se presumirá discriminatorio resultando aplicables las previsiones de la ley 23.592, establece la ley.

Mediante la negociación colectiva podrán establecerse pautas específicas para el ejercicio de este derecho vinculadas a la voluntariedad (el traslado de quien trabaja en teletrabajo debe ser voluntario y prestado por escrito), y la reversibilidad (el consentimiento prestado por la persona que trabaja en teletrabajo, podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación).

Respecto de los elementos de trabajo, el empleador debe proporcionar el equipamiento y asumir los costos de instalación y la persona que trabaja será responsable por su correcto uso.

Además tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar.

Por otra parte, el empleador deberá garantizar la correcta capacitación en nuevas tecnologías y eso no implicará una mayor carga de trabajo.

Las personas que se desempeñen bajo la modalidad de teletrabajo, gozarán de todos los derechos colectivos y la representación sindical será ejercida por la asociación sindical de la actividad donde presta servicios.

La Cámara de Representantes de Misiones instituyó este jueves en su sesión ordinaria virtual, el marco regulatorio de las salas de faena artesanal para agricultores familiares. El objetivo es lograr su adecuada instalación y desarrollo, y el afianzamiento e incentivo de la actividad.

Se denomina sala de faena artesanal al espacio físico en el cual se llevan a cabo los procedimientos de faena de animales, de especies productivas no tradicionales y ganado menor, para su comercialización a pequeña escala.

También se creó un registro provincial, una Comisión de Promoción y Asesoramiento de las Salas de Faena Artesanal, y un programa de prevención de la enfermedad denominada triquinosis.

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