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El Departamento Ejecutivo Municipal estableció las siguientes reglas generales para las academias, escuelas, establecimientos de danzas de la Ciudad de Posadas, cualquiera fuere su modalidad, cuya aplicación y obligatoriedad es de manera excluyente.

Los establecimientos de danzas deberán requerir autorización previa para funcionar o realizar la actividad específica, debiendo remitirse a la Secretaría de Cultura y Turismo Municipal a los fines de su registración y debida notificación.

En este sentido, se habilita un máximo de 10 personas, sin contar al profesor y ayudante, por cada 100 metros cuadrados a los efectos de cumplir con el distanciamiento social. Para los casos en que el espacio del establecimiento supere los 250 metros cuadrados, no podrán exceder el máximo de 25 personas por turno.

Por otra parte, todas las personas, sin excepción, podrán practicar y/o desarrollar la actividad, a partir de la edad mínima de 8 (OCHO) años.

Finalmente, la normativa establece que queda expresamente prohibida desarrollar la actividad en la vía pública.