¿Qué beneficios otorga el Programa?
a) Descuento:
Los comercios adheridos deberán efectuar un descuento todos los días miércoles desde el 17 de Julio de 2019 hasta el 31 de Diciembre de 2019 de un porcentaje no menor del 10 % (Diez Por Ciento) respecto a los precios ofrecidos en los últimos 5 (cinco) días corridos en las ventas de carne vacuna, en sus diferentes cortes, y embutidos cuando las mismas sean adquiridas por un Consumidor Final mediante cualquier medio de pago.
b) Reintegro:
El Programa “Ahora Carne” otorga el siguiente beneficio para los Consumidores Finales que operan con las tarjetas de Débito de las Entidades Financieras Adheridas y para los titulares de Derecho de las tarjetas sociales de los programas Provinciales “Pueblos Originarios”, “Recuperación Nutricional H- 0” y “Seguridad Alimentaria – Ciudad de Posadas”:
• Un reintegro del 5% (Cinco Por Ciento) aplicado sobre el monto de las operaciones con un tope de $300 (Pesos Trescientos) por mes y por cuenta.
El reintegro se acreditará en la cuenta del Consumidor Final en un plazo no mayor a 10 (Diez) hábiles desde efectuada la compra.
¿Con qué tarjetas se puede comprar?
• Tarjetas de Débito Visa emitidas por el Banco Macro.
• Tarjetas de Débito Cabal emitidas por el Banco Credicoop.
• Tarjeta de Débito del Banco Nación.
• Tarjetas Sociales (Tickets), en sus diferentes modalidades, de los titulares de Derecho de las tarjetas sociales de los programas Provinciales “Pueblos Originarios”, “Recuperación Nutricional H- 0” y “Seguridad Alimentaria – Ciudad de Posadas”.
¿Cuáles son las bases y condiciones que deben cumplimentar las carnicerías?
1- Podrán participar del Programa aquellos Comercios que vendan AL POR MENOR carnes vacunas en sus diferentes cortes y embutidos con una antigüedad no menor a 6 (seis) meses.
2- Efectuar un descuento durante todos los días miércoles desde el 17 de Julio de 2019 hasta el 31 de Diciembre de 2019 de un porcentaje no menor del 10 % (Diez Por Ciento) respectos a los precios ofrecidos en los últimos 5 (cinco) días corridos en las ventas de carne vacuna, en sus diferentes cortes, y embutidos cuando las mismas sean adquiridas por un Consumidor Final mediante cualquier medio de pago.
3- Podrán quedar exceptuados del descuento establecido en el Punto 2) aquellos productos que ya tienen promociones especiales que otorguen beneficios en un porcentaje no menor al dispuesto, para lo cual, el comercio deberá comunicar al Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos dichas Promociones especiales.
4- Poner a disposición del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos u organismo que éste designe toda la información, documentación, que requiera a la fines de verifica el cumplimiento de los objetivos dispuestos en el Programa.
5- Exhibir la calcomanía del Programa “AHORA CARNE” suministrada por el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos.
6- El Comercio acepta que cualquier incumplimiento en el presente formulario y del Programa, implicará la Exclusión del Programa “AHORA CARNE” y de los beneficios en la tarifa eléctrica que correspondiere.
7- La Provincia subsidiará hasta un 50 % (Cincuenta Por Ciento) de la tarifa eléctrica que dependerá de la información suministrada por el Comercio.
¿Cuál es la documentación que deben presentar al Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos?
a.- Factura de luz de la empresa a nombre de la persona física inscripta ante los organismos fiscales y/o a nombre de la razón social.
Contrato de Alquiler en caso de que el local se encuentre alquilado.
Acta de Matrimonio y/o certificado de convivencia, cuando la factura de luz del comercio se encuentre a nombre del cónyuge o concubino/a de su titular.
b- Constancia de Inscripción ante la AFIP y D.G.R. que contemple al menos una de las siguientes actividades:
• 472112: venta al por menor de fiambres y embutidos
• 472130: venta al por menor de carnes rojas, menudencias y chacinados frescos.
• 471130: venta al por menor en minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).
• 471120: venta al por menor en supermercados
c – Habilitación Municipal emitida para las actividades detalladas precedentemente.
d – Plano aprobado por la Municipalidad del local donde se comercializa las carnes vacunas y embutidos, solo para aquellos comercios que no tengan como actividad exclusiva la venta al por menor de carne vacuna y embutido, donde se deberá detallar la superficie total en metros cuadrados del local y los afectados a la venta de los Productos que comprende el Programa.
e- Para aquellos comercios que no se dediquen específicamente a la venta al por menor de carnes vacunas y embutidos, deberán remitir el detalle de las ventas totales de los últimos 6 (seis) meses con apertura de las ventas de los citados productos.