La medida es dispuesta por la AFIP a partir del mes que viene.
El objetivo del organismo nacional es reducir el uso de efectivo y simplificar las operaciones monetarias, atento a que en Argentina hay casi 16 millones de tarjetas de débito activas.
Habrá multas que van desde los 300 a los 300.000 pesos para quienes incumplan con dicha normativa.
La obligación surge de la resolución general nº 3997 dictada por la Afip en el año 2017, mediante la cual se estableció un cronograma para que los contribuyentes cumplan progresivamente con su obligación de permitir que sus clientes paguen utilizando tarjeta de débito, siendo el 31 de marzo del año 2018 la fecha límite para la última sección de contribuyentes obligados, que serían los monotributistas de las categorías A a la E.
En cuanto a las sanciones, la ley 27263, en su artículo 13, establece que la Afip y la Secretaría de Comercio, dependiente del Ministerio de Producción, procederán indistintamente a comprobar y verificar el cumplimiento de la obligación de aceptar tarjetas de débito, resultando de aplicación ante el incumplimiento las sanciones de multa y clausura -dispuestas en el art. 40, L. 11683-.