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La propuesta, que deberá ser analizada por ambas cámaras del Congreso, excluye a la inflación como método de ajuste y se determinará por la evolución de los salarios y de la recaudación impositiva. Regiría a partir de marzo próximo.

La nueva propuesta de movilidad previsional, que impulsa el gobierno nacional para que rija a partir de marzo del año próximo, prevé un ajuste semestral que se determinará a través de la aplicación de una fórmula proporcional conformada por la evolución de los salarios y la recaudación impositiva.

Dicha fórmula tiene como antecedente directo la establecida por la Ley N° 26.417 que estuvo vigente desde 2008 hasta su derogación en 2017, y será puesta a consideración de la Comisión Bicameral Mixta de Movilidad Previsional por el Poder Ejecutivo con el objetivo de que comience a regir a partir del próximo año.

El proyecto es resultado de un trabajo conjunto que llevaron adelante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y el Ministerio de Economía.

La futura fórmula buscará reemplazar a la suspendida Ley 27.426 -sancionada durante el gobierno de Mauricio Macri- que ponía el eje en la evolución de la inflación, sin tener ninguna correlación entre la movilidad jubilatoria y los recursos disponibles.

En los dos años que tuvo vigencia la ley suspendida, el haber mínimo de los jubilados cayó un 19,5% en términos reales.

"La fórmula que se propone es sustancialmente la misma a la sancionada en el año 2008 y que resultó en una mejora sostenida en el poder adquisitivo de los jubilados y jubiladas hasta el año 2015", señalaron fuentes del Palacio de Hacienda.

El proyecto que se pondrá a consideración del Parlamento excluye a la inflación como método de ajuste porque "no es deseable en la Argentina", en virtud de la realidad que el país atraviesa "hace lustros" en materia inflacionaria, según se indicó.

La fórmula

"Una fórmula que incorpora a los salarios, implica que el ingreso de los pasivos acompañe al de los activos. La posición de la mayor parte de los especialistas es que la evolución de los salarios debe ser parte de la fórmula de movilidad", destacó el informe.

Asimismo, se indica que la inclusión de la recaudación impositiva en la fórmula "permite compartir el crecimiento y, al mismo tiempo, cuidar la sustentabilidad fiscal".

El Gobierno sostiene que el nuevo esquema "permitirá reducir el actual déficit previsional, dado que, si bien el salario real aumenta junto con el crecimiento económico, lo hace menos que los recursos tributarios".

Otro elemento destacado es la incorporación de una cláusula de "legislación constante", que establece que los cambios en la política tributaria o en las condiciones de acceso a los beneficios no tendrán efecto en la movilidad.

En cuanto a los indicadores vinculados con la evolución salarial, se considera "adecuado" adoptar la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), un índice de lo percibido por los trabajadores que se encuentran bajo relación de dependencia y que han sido declarados en forma continua durante los últimos 13 meses.

"La fórmula de movilidad debe contribuir a la estabilidad macroeconómica, en términos de la recuperación real y en su efecto positivo sobre la demanda, sin convertirse en un elemento desestabilizante", indican desde el Gobierno.

Por su parte, la Anses se manifestó públicamente sobre este proyecto recordando que "con la suspendida Ley 27.426 aplicada en la última administración, los jubilados perdieron casi un 20 por ciento de capacidad de compra con respecto a la inflación".

"La nueva fórmula de movilidad enviada al Congreso por el Poder Ejecutivo busca recuperar la misma evolución de los haberes que alcanzaron los jubilados entre 2009 y 2017, cuando aumentaron el poder de compra un 26 por ciento", concluye el comunicado de la Anses difundido este martes.

Estos beneficios contemplan la exención para monotributistas, una deducción especial del impuesto a las Ganancias para los autónomos y un mecanismo de amortización acelerada de inversiones para micro y pequeñas empresas, entre otras cuestiones.

"La ampliación de la moratoria forma parte de los distintos instrumentos diseñados para ofrecer alivio a las familias, comercios, profesionales, pymes, grandes empresas, monotributistas y entidades sin fines de lucro", informó este martes la AFIP.

El plan de regularización de deudas tributarias, aduaneras y previsionales implementado -que está vigente hasta el 30 de noviembre- busca amortiguar el impacto de la crisis.

"La ampliación de la moratoria es una herramienta fundamental para iniciar el proceso de recuperación en la pospandemia", afirmó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

La ley que amplió el alcance de la moratoria incluyó un conjunto de beneficios para aquellos contribuyentes que, al 26 de agosto pasado, no registran incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas ni en el pago de las obligaciones tributarias en los últimos tres períodos fiscales.

En el caso de los monotributistas, la eximición del componente impositivo del pago mensual se efectuará a partir del período fiscal enero de 2021 y se realizará en cuotas mensuales y consecutivas con un tope de $17.500.

El beneficio varía de acuerdo a cada categoría. Así en la categoría A y B de pequeños contribuyentes se los eximen en los períodos fiscales enero a junio de 2021; para las categorías C y D se exime 5 cuotas, de enero a mayo de 2021; en los casos E y F abarca 4 cuotas, de enero a abril 2021 y para las categorías G y H se eximen 3 cuotas, de enero a marzo de 2021. Por último para las categorías I, J y K se eximen 2 cuotas, enero y febrero de 2021.

El beneficio en Ganancias se aplica a la declaración jurada correspondiente a 2020 para personas humanas y sucesiones indivisas.

"Podrán deducir, por un período fiscal, de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible. Están exceptuados quienes ocupen cargos públicos, los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia y quienes estén jubilados", agregó la entidad.

En tanto, las micro y pequeñas empresas pueden realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

La adhesión a los beneficios se efectúa a través del sitio web de la AFIP.

El mecanismo para solicitarlos estará habilitado hasta el próximo 30 de noviembre, inclusive, según se recordó.

La misión del Fondo que será encabezada por los funcionarios Julie Kozack y Luis Cubeddu busca "iniciar negociaciones formales con las autoridades argentinas sobre un nuevo programa del FMI para apoyar el plan económico del gobierno", informó el organismo multilateral.

Una misión del Fondo Monetario Internacional (FMI) arribará este martes al país, para comenzar a negociar con las autoridades un nuevo programa de financiamiento con el organismo multilateral.

La delegación llegará en momentos en que el Gobierno está por cumplir con uno de los objetivos clave de política económica para negociar el nuevo acuerdo, ya que todo indica que el miércoles o el jueves el Presupuesto 2021 será convertido en ley.

Al mismo tiempo, el FMI llegará cuando la nueva política aplicada con el dólar comenzó a dar signos positivos, de una corrección de la divisa no oficial respecto del pico alcanzado en octubre, cuando el blue había tocado un pico 195 pesos y el contado con liquidación marcó un máximo de 181 pesos.

El proyecto del Gobierno

Por otro lado, el Gobierno anunció que enviará esta semana al Parlamento un proyecto que establece que el endeudamiento en moneda extranjera bajo ley extranjera requerirá autorización del Congreso de la Nación, incluyendo a los acuerdos futuros con el FMI.

En cuanto a la misión del FMI en el país esta semana, el ministro de Economía, Martín Guzmán, señaló que se estuvo haciendo “un trabajo muy constructivo con el organismo y la intención es reemplazar el programa actual por uno nuevo que se base en principios completamente diferentes, entendiendo que no hay restauración de la estabilidad macroeconómica sin la recuperación del crecimiento económico”.

Oficial: una misión del FMI llega el martes para negociar por la deuda - LA  NACION

Además, manifestó que “en los tiempos venideros será muy importante que los programas del FMI se basen en premisas apropiadas, respaldadas por la evidencia, y que se consideren legítimos a nivel nacional; que exista una participación generalizada a nivel nacional cuando se trata de discutir los términos de un programa con el FMI”.

"No hay fechas establecidas para finalizar las negociaciones", indicó el vocero del FMI respecto de la extensión que tendrá la misión, aunque fuentes consultadas indicaron que podría permanecer dos semanas en el país.

 

Los objetivos del Fondo

Por último, la fuente del Fondo subrayó que el objetivo del organismo "sigue siendo apoyar al pueblo argentino a superar los complejos desafíos socioeconómicos que enfrenta el país, y sentar las bases para una economía más estable y un futuro más próspero".

Kozack y Cubeddu ya visitaron la Argentina a principios de octubre, y en aquella oportunidad la misión concluyó que "el personal técnico acogió con satisfacción el compromiso de las autoridades con las políticas para asegurar una consolidación fiscal favorable al crecimiento y al mismo tiempo proteger a los más vulnerables".

Se trató de una primera visita exploratoria de la situación económica y social en la Argentina, atravesada al igual que el resto del mundo por la pandemia de coronavirus, tras el pedido del Gobierno de renegociar un programa de financiamiento con el organismo por la deuda de US$ 43.900 millones generada entre los años 2018 y 2019.

Durante su estadía en el país, los enviados del FMI analizaron las cuentas públicas, las demandas del sector privado y el dañado entramado social tras varios años de caída de la actividad económica y el efecto de la actual pandemia; y escucharon a dirigentes de la oposición, a representantes del sector privado, de los sindicatos y a economistas, entre otros actores de la sociedad civil.

"Los empleadores registrados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán realizar el trámite entre el 9 y 19 de noviembre, inclusive", según informó el organismo fiscal en un comunicado.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó a partir de hoy lunes el sistema para que las empresas tramiten los créditos a tasa subsidiada destinados al pago de los salarios de octubre.

"Los empleadores registrados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán realizar el trámite entre el 9 y 19 de noviembre, inclusive", según informó el organismo fiscal en un comunicado.

En el parte, la responsable de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, destacó que "el Programa ATP forma parte de las distintas políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el impacto económico de la pandemia. El Estado argentino invirtió más de $ 230.000 millones a lo largo de los últimos seis meses para sostener puestos de trabajo e ingresos".

La iniciativa benefició cada mes a un promedio de 1,7 millón de trabajadoras y trabajadores que se desempeñan en 180.000 empresas.

El Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP dispuso que "las empresas registradas que hubieran presentado una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de setiembre de 2020 y 2019 podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27%".

En tanto, "aquellos empleadores que registren una variación nominal positiva en su facturación de hasta 35% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%", añadió el comunicado.

Las firmas de sectores considerados críticos que presentan una variación nominal positiva en su facturación estarán habilitadas a solicitar un crédito en dichas condiciones.

Las empresas que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para tramitar su crédito a tasa subsidiada desde el 14 hasta el 19 de noviembre, inclusive.

Las empresas que accedan a los créditos a tasa subsidiada contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Los empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del Fondep.

Más adelante, la AFIP estableció la modalidad un crédito a tasa subsidiada y señaló que "el sistema para tramitar los créditos será habilitado el lunes 9 de noviembre con la publicación de la Resolución General 4853 en el Boletín Oficial y el proceso para acceder al financiamiento se inicia a través del sitio web de la AFIP”.

Asimismo, indicó que “los empleadores habilitados ingresarán con clave fiscal al servicio Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción donde deberán seleccionar la opción Crédito a Tasa Subsidiada".

Finalmente, detalló que "el sistema determinará e informará el monto máximo al que puede acceder cada empleador y los contribuyentes deberán ingresar una dirección de correo electrónico ya que el trámite se finaliza en la entidad bancaria seleccionada".

Las sucursales permanecerán cerradas por la celebración. No habrá servicio de clearing, pero podrán realizarse operaciones online.

Las sucursales de todos los bancos del país permanecerán cerradas este viernes por la celebración del Día del Bancario, aunque podrán realizarse operaciones online a través de los canales de homebanking y aplicaciones móviles de las entidades financieras.

También estarán habilitados los cajeros automáticos y terminales de autoservicio para el retiro o el depósito de efectivo, así como para pagar impuestos o tarjetas de crédito, entre otros servicios.

Este viernes no habrá servicio de clearing, por lo que algunas operaciones como el depósito de cheques no serán ejecutadas sino hasta el próximo día hábil, es decir, el lunes 9 de noviembre, informó el Banco Central en un comunicado.

En el mismo sentido, también podría haber demoras con las transferencias inmediatas entre usuarios de distintas redes (Link o Banelco), ya que utilizan mecanismos de compensación distintos unos de otros.

Para los pagos de salarios, las empresas que envíen el dinero a los bancos el viernes 6, no se les acreditará a sus empleados sino hasta el lunes 9.

Por último, aquellas personas que necesiten de efectivo también podrán extraerlo con la tarjeta de débito a través de los servicios de ExtraCash en puntos de cobro de servicios como Rapipago, Pago Fácil y Pago24, y en supermercados, farmacias y estaciones de servicios habilitadas en forma gratuita.

El beneficio alcanza a aquellas empresas incluidas en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal), que por estar allí tienen diversas inhabilitaciones pero que el Gobierno les concede la licencia para poder acceder de todos modos al ATP hasta fines de abril.

El Gobierno extendió hasta fines de abril, la excepción para que aquellas empresas incluidas en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal), puedan acceder de todas formas al Programa de Atención de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Lo hizo a través del decreto 845/2020 publicado este jueves en el Boletín Oficial, que prorroga por 180 días más la excepción otorgada por la resolución 352/2020 del Ministerio de Trabajo que venció a fines de octubre último.

La Ley 26.940 creó el Repsal, en el que se incluyen y publican determinadas sanciones firmes aplicadas a los empleadores y las empleadoras.

Mientras permanecen en el Repsal, entre otras inhabilitaciones, no pueden acceder a los programas, acciones asistenciales o de fomento, beneficios o subsidios administrados, implementados o financiados por el Estado nacional, ni a líneas de crédito otorgadas por las instituciones bancarias públicas.

El decreto explicó que “a raíz de la situación de emergencia, no solo se debe procurar la adopción de medidas tendientes a la protección de la salud pública, sino también a coordinar esfuerzos para morigerar el impacto de las medidas sanitarias sobre los procesos productivos y el empleo, dado que la merma de la actividad productiva afecta de manera inmediata y aguda a las empresas, particularmente a aquellas micro, pequeñas y medianas”.

Por lo tanto, sostuvo que “en el marco de la emergencia pública en materia económica y social y la pandemia de Covid-19, no resulta razonable excluir del ATP a aquellas empresas que se encuentren inscriptas en el Repsal, toda vez que el objetivo de dicho programa es sostener a las empresas y a las relaciones laborales en una época de muchas dificultades para la actividad económica”.

También remarcó que “en la actualidad, la declaración de emergencia alcanza a la totalidad del territorio nacional y la cantidad de empresas incorporadas al programa asciende a 132.000, implicando una ayuda que contribuye al sostenimiento de aproximadamente 1,5 millón puestos de trabajo”.