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El gobernador de Misiones, Oscar Herrera Ahuad, promulgó este martes mediante la publicación en el Boletín Oficial de la provincia, la norma que establece la obligatoriedad del uso de elementos de protección facial que cubran nariz, boca y mentón, para todas las personas que permanezcan o circulen en la vía pública, lugares públicos, transporte público o privado de pasajeros, órganos del Estado provincial, organismos de la constitución y otros espacios privados de acceso al público, ante toda emergencia epidemiológica y sanitaria, decretada por enfermedades respiratorias de origen multicasual.

Esto aplica a las oficinas de atención al público de los tres poderes del Estado provincial, así como también en otras instituciones, sea obligatoria la utilización de elementos de protección facial que faciliten la inclusión de personas con alguna discapacidad que dificulte la comunicación oral.

Aquellos que no cumplan esta medida podrán ser sancionados con multas, que van de 75 a 500 litros de nafta Premium. Quedan exceptuados de la obligatoriedad los menores de dos años y quienes tengan problemas para respirar o incapacidad para quitarse el cobertor sin ayuda.

El destino de los recursos, producto de la sanción por el no uso de barbijo, será afectado exclusivamente para afectar los gastos que resulten necesarios para mitigar, prevenir y controlar la Emergencia Epidemiológica y Sanitaria en todo el sistema de salud.

Por otra parte, el primer mandatario puso en vigencia el Pasaporte Sanitaria de Misiones que deberá poseer toda persona para ingresar a la provincia, y que será exigible en las zonas de frontera y de ingreso a la misma.

 

El Pasaporte Sanitario de Misiones se compone por:

El carnet sanitario donde consta que la persona se encuentra "libre de enfermedades infectocontagiosas de alto grado de transmisibilidad y circulación".

Certificado NEGATIVO de COVID-19, que consiste en la prueba de COVID NEGATIVO, el que deberá ser realizado con una antelación de más de 48 horas.

Carnet de vacunación vigente, donde consta que el individuo posee las vacunas exigidas para ingresar y egresar de Misiones.

"La enumeración precendente es meramente enunciativa, pudiendo la autoridad de aplicación (Ministerio de Salud Pública de la Provincia) determinar otras exigencias de salubridad para integrar el Pasaporte Sanitario de Misiones", aclaran en el artículo 17 de la Ley.

 

Foto: El Territorio.