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La Municipalidad de Posadas informa que el 31 de octubre vence el plazo para acogerse al Régimen Especial de Facilidades de Pago (Moratoria) de la Tasa de Comercio según Resolución General 014/20.

Se encuentran comprendidas las obligaciones devengadas al 31 de mayo de 2020 (intereses, recargos y multas):
1º Obligaciones fiscales, por deuda propia o ajena:
a. con intimación de pago o no;
b. en procedimiento de determinación o determinadas administrativamente, firmes o no;
c. en proceso de cobro judicial;

2º Obligaciones fiscales incluidas en moratorias y/o planes de facilidades de pago en vigencia o caducados;

3º Obligaciones fiscales con presentación espontánea realizada durante la vigencia del presente Decreto.

Desde el Municipio se recuerda las formas y modalidades de pago, según se estableció en el Decreto N°392:

-Pago contado: reducción del 95% de intereses y 100% de las multas aplicadas.
-Pago hasta 3 cuotas: reducción del 80% de intereses y 80% de las multas.
-Pago en 4 a 12 cuotas: reducción del 70% de intereses y 70% de las multas aplicadas.
-Pago en 13-36 cuotas: reducción del 40% de intereses y 40% de multas aplicadas.

Cabe recordar que en el sitio www.posadas.gov.ar, el contribuyente puede abonar su tasa con crédito o débito a través de Macro online o Pagos360.

Los Medios de Pago son en efectivo/débito: Edificio Central – Municipalidad de Posadas; Centro de Atención Tributaria y Recaudaciones (Av. Trincheras de San José N° 2354); Banco Macro; Banco de Corrientes; Rapipago; Pago Fácil; Cobro Express habilitados (Agencias del I.P.L.y C.).

Mientras que los pagos Online se pueden realizar a través de PagoMisCuentas (desde la App o Cajeros Automáticos); Red Link; Mercadopago.

Para el cobro Automático Mensual mediante Tarjetas de créditos Visa y Naranja (adhesión por única vez en el Box 1 – Planta Baja, Municipalidad de Posadas).